
La iniciativa de Claudia Sheinbaum establecería reglas nacionales para investigar y sancionar el feminicidio; Quintana Roo ya cuenta con el delito tipificado y reglas especializadas de investigación, pero deberá homologar su legislación si el proyecto es aprobado
La ley contra el feminicidio en Quintana Roo obligaría al Congreso estatal, una vez aprobada y vigente, a modificar las penas, ampliar las circunstancias agravantes y ajustar la atención a las víctimas indirectas, aunque la entidad ya investiga las muertes violentas de mujeres con perspectiva de género.
La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo firmó el 15 de julio la iniciativa de Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Daño por el Delito de Feminicidio. La propuesta será discutida por el Congreso de la Unión antes de convertirse en una norma de aplicación nacional.
El proyecto busca que el delito reciba un tratamiento uniforme en todo México. Aunque las 32 entidades ya lo contemplan en sus códigos penales, existen diferencias en las sanciones, las razones de género, los agravantes y los mecanismos de reparación.
“Hicimos una modificación a la Constitución para que el feminicidio pudiera investigarse de la misma manera en todo el país a través de una ley general”.
—Claudia Sheinbaum Pardo, presidenta de México, durante la conferencia del 15 de julio de 2026
Quintana Roo ya cuenta con reglas para investigar feminicidios
La aplicación de la ley contra el feminicidio en Quintana Roo no comenzaría desde cero. El delito está tipificado en el artículo 89 Bis del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, mientras que el artículo 78 Ter establece que la acción penal es imprescriptible.
Además, toda muerte violenta de una mujer debe investigarse inicialmente con perspectiva de género. Los resultados periciales y ministeriales determinan posteriormente si la carpeta permanece bajo la clasificación de feminicidio o recibe otra clasificación jurídica.
Esta obligación deriva también de criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual ha establecido que las autoridades deben explorar todas las líneas de investigación posibles, incluida la existencia de violencia o razones de género, antes de confirmar o descartar un feminicidio.
El trabajo institucional fue reforzado después de que la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres emitió, el 7 de julio de 2017, la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres para Benito Juárez, Cozumel, Lázaro Cárdenas y el entonces municipio de Solidaridad, hoy Playa del Carmen.
La declaratoria también fortaleció las acciones para aplicar métodos especializados, conservar indicios, investigar antecedentes de violencia y evitar que una muerte violenta de una mujer sea descartada prematuramente como feminicidio.


Los cambios que deberá realizar Quintana Roo
La diferencia principal se encuentra en las sanciones. La propuesta federal establece un nuevo rango nacional y agrega 19 circunstancias agravantes que permitirían aumentar el castigo. También incorpora obligaciones específicas para las instituciones encargadas de atender a las familias.
| Materia | Legislación vigente en Quintana Roo | Propuesta nacional |
|---|---|---|
| Pena de prisión | De 30 a 50 años | De 50 a 70 años |
| Circunstancias y agravantes | Razones de género y supuestos de aumento de pena previstos en el artículo 89 Bis | 19 agravantes para aumentar la sanción |
| Orfandad | Durante la revisión no se localizó un registro estatal público específico | Registro Nacional de Niñas, Niños y Adolescentes en Orfandad por Feminicidio |
| Víctimas indirectas | Disposiciones generales de atención | Asistencia jurídica especializada y gratuita |
| Homologación | Tipo penal regulado por el Código estatal | Reglas comunes para todo el país |
Entre las nuevas circunstancias se consideran las condiciones de vulnerabilidad de la víctima, la intervención de servidores públicos y determinados antecedentes o formas de violencia. La iniciativa también contempla consecuencias relacionadas con la patria potestad, custodia y derechos sucesorios de la persona responsable.
Si el Congreso de la Unión aprueba el proyecto, la Legislatura de Quintana Roo deberá revisar el Código Penal y las normas estatales sobre víctimas, procuración de justicia y acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, de acuerdo con los plazos y alcances que establezcan los artículos transitorios definitivos.
¿Por qué fue necesaria una ley general?
Antes de presentar la iniciativa, el Congreso de la Unión necesitó una facultad constitucional expresa para establecer un tipo penal y sanciones comunes. La reforma correspondiente al artículo 73 de la Constitución fue impulsada también por la titular del Ejecutivo federal.
Con esa modificación, el Congreso federal quedó facultado para expedir una ley general en la materia. Su finalidad no es eliminar las disposiciones estatales, sino establecer el modelo obligatorio al cual deberán ajustarse las autoridades federales y locales.
Ruta de la ley contra el feminicidio
- 24 de marzo de 2026: presentación de la reforma constitucional
- 6 de mayo de 2026: publicación y entrada en vigor de la modificación al artículo 73
- 15 de julio de 2026: firma y envío de la iniciativa de ley general
- Siguiente etapa: discusión y votación en el Congreso de la Unión
- Etapa local: armonización de los códigos y leyes estatales en los términos que determine el decreto definitivo
Fuente: Presidencia de la República, Diario Oficial de la Federación y Congreso de la Unión.
La ley también contempla a hijas e hijos de las víctimas
Uno de los efectos sociales de la ley contra el feminicidio en Quintana Roo estaría en el reconocimiento y seguimiento de las personas que quedan en orfandad. La propuesta ordena crear, en coordinación con el Sistema Nacional DIF, un registro especializado de niñas, niños y adolescentes.
La herramienta permitiría identificar a los menores, conocer su situación de custodia y vincularlos con servicios jurídicos, psicológicos, escolares y de asistencia social.
Para aplicar esta disposición, las autoridades quintanarroenses tendrían que integrar sus datos con el registro nacional y definir qué dependencias darán seguimiento a cada caso. Durante la revisión documental no se localizó una base pública estatal que permita conocer cuántos menores quedaron en orfandad por este delito.
La reparación también deberá considerar las consecuencias económicas, familiares y emocionales provocadas por el crimen, además de la compensación fijada durante el proceso penal.


sobre feminicidio.
La iniciativa todavía no está vigente
La propuesta de Sheinbaum no modifica automáticamente la ley contra el feminicidio en Quintana Roo. Primero debe ser aprobada por el Congreso de la Unión, publicada en el Diario Oficial de la Federación y entrar en vigor conforme a sus artículos transitorios.
A partir de ese momento comenzaría el plazo para que el Congreso estatal realice la armonización correspondiente. Mientras concluye el proceso, permanecen vigentes las penas, las razones de género, los agravantes y los procedimientos establecidos en el Código Penal de Quintana Roo.
La entidad mantendría así sus reglas de investigación con perspectiva de género, pero deberá adecuar las sanciones y las obligaciones de atención y reparación al modelo nacional que finalmente aprueben la Cámara de Diputados y el Senado de la República.
