El Ayuntamiento asegura que trabaja con la Semarnat y el Gobierno de Quintana Roo para atender la sentencia de la Suprema Corte. Sin embargo, todavía no publica un calendario definitivo, la consulta ciudadana ni el decreto del nuevo ordenamiento ecológico.
El gobierno de Diego Castañón sostiene que existe coordinación entre el municipio, la Federación y el estado para concluir el Programa de Ordenamiento Ecológico Local de Tulum. Los documentos oficiales confirman reuniones, talleres técnicos e informes presentados ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Sin embargo, esas acciones todavía no se traducen en un instrumento terminado, publicado y reconocido judicialmente como cumplimiento de la sentencia.
Hasta ahora, el Ayuntamiento no ha dado a conocer una fecha definitiva para concluir el proceso, la versión final del POEL, las observaciones completas de la Semarnat ni el calendario de consulta pública. Tampoco se encuentra publicado el decreto que permitiría la entrada en vigor del ordenamiento ecológico. La discusión, por tanto, ya no debe centrarse en cuántas reuniones se han realizado, sino en qué resultados produjeron y quién responde por los pendientes.
La SCJN mantiene abierto el cumplimiento
La controversia constitucional 68/2021 surgió a partir del programa territorial aprobado por el Ayuntamiento de Tulum en 2021. La Suprema Corte invalidó parcialmente ese instrumento al considerar que el municipio había regulado materias y zonas en las que debía intervenir la autoridad ambiental federal. La resolución estableció la necesidad de coordinarse con la Semarnat para reformular los apartados invalidados y respetar las competencias relacionadas con áreas naturales protegidas, terrenos forestales y protección ambiental.
En febrero de 2026, la Corte recibió un informe municipal sobre reuniones presenciales y virtuales sostenidas con la Semarnat. El Ayuntamiento también reportó acuerdos para establecer una ruta de trabajo orientada al cumplimiento. No obstante, la SCJN se limitó a tomar conocimiento de esas acciones y mantuvo abierto el expediente.
El procedimiento registró nuevas actuaciones durante abril de 2026, lo que confirma que el caso continuaba bajo seguimiento judicial. Esto significa que las reuniones y los informes forman parte del proceso, pero todavía no constituyen una declaración definitiva de cumplimiento. Mientras la Corte no cierre el expediente, la obligación legal y política permanece vigente.
Avances administrativos frente a pendientes verificables
El Ayuntamiento, la Semarnat, la Secretaría de Ecología y Medio Ambiente de Quintana Roo y otras dependencias han participado en sesiones del Comité de Ordenamiento Ecológico Local. También se han realizado talleres y reuniones relacionadas con la caracterización, el diagnóstico y el pronóstico territorial. Esos trabajos demuestran actividad institucional, pero no permiten conocer con precisión cuánto falta para concluir el programa.
| Avance informado | Evidencia pública | Pendiente principal |
|---|---|---|
| Reuniones con Semarnat | Informes y comunicados institucionales | Minutas, acuerdos y calendario |
| Diagnóstico y pronóstico | Documentación técnica y talleres | Modelo ecológico definitivo |
| Participación del comité | Sesiones y mesas de trabajo | Consulta pública formal |
| Informes ante la SCJN | Actuaciones en el expediente | Declaración de cumplimiento |
| Coordinación intergubernamental | Participación municipal, estatal y federal | Aprobación y publicación del decreto |
La Bitácora Ambiental de Tulum contiene mapas, documentos técnicos y registros de actividades del proceso. Sin embargo, los apartados correspondientes a la consulta pública y al decreto todavía no muestran el resultado final. Tampoco aparece públicamente un acuerdo definitivo de Cabildo mediante el cual se apruebe el nuevo POEL.
La ausencia de esos documentos impide que la ciudadanía conozca las reglas que se proponen para el territorio. También dificulta establecer si las diferencias pendientes son técnicas, administrativas o políticas. La transparencia del proceso es especialmente relevante porque el ordenamiento deberá definir usos permitidos, restricciones ambientales y límites al crecimiento urbano.

La responsabilidad política de Diego Castañón
El conflicto judicial comenzó antes de la actual administración, pero la obligación de conducir su cumplimiento corresponde al gobierno en funciones. Diego Castañón encabeza el Ayuntamiento y tiene bajo su responsabilidad política el seguimiento de los compromisos presentados ante la Suprema Corte. La explicación de que se trata de un problema heredado pierde fuerza cuando el expediente continúa abierto durante su gestión.
El alcalde debe informar qué etapas faltan, qué dependencia tiene a su cargo cada proceso y cuáles son las observaciones pendientes de la Semarnat. También debe identificar a los funcionarios responsables de la coordinación y presentar una fecha para la consulta pública, la aprobación y la publicación del programa. Sin esos datos, la rendición de cuentas queda reducida a declaraciones generales sobre avances.
Castañón ha defendido la coordinación entre los tres niveles de gobierno como una fortaleza de su administración. Esa alineación institucional, sin embargo, también eleva el estándar de exigencia. Si municipio, estado y Federación trabajan de manera conjunta, deben explicar por qué el POEL continúa sin una fecha definitiva.
Morena, PVEM y PT también deben responder
Diego Castañón gobierna con el respaldo de la coalición integrada por Morena, el Partido Verde Ecologista de México y el Partido del Trabajo. La responsabilidad política, por tanto, no se limita al presidente municipal ni al equipo técnico encargado del proceso. Los partidos que sostienen su administración también deben informar qué seguimiento han dado al cumplimiento de la sentencia.
Para el PVEM, el caso representa una prueba directa de congruencia política. El partido se presenta como una fuerza comprometida con la defensa del medio ambiente, pero no ha dado a conocer una estrategia específica para garantizar la conclusión del principal instrumento ecológico de Tulum. Morena y el PT tampoco han explicado qué mecanismos de vigilancia aplican sobre el proceso.
El silencio partidista contrasta con la relevancia territorial y económica del POEL. Este programa deberá establecer dónde puede crecer la ciudad, qué zonas requieren protección y bajo qué condiciones podrán autorizarse nuevas actividades. La falta de una postura pública también debilita el discurso de coordinación sostenido por la coalición gobernante.
Transparencia para una coordinación verificable
La coordinación institucional no puede evaluarse únicamente por la celebración de reuniones. Para conocer su eficacia es necesario revisar los acuerdos alcanzados, las diferencias técnicas, los plazos comprometidos y los funcionarios encargados de cada tarea. Sin esa documentación, la ciudadanía sólo recibe una narrativa oficial de avances sin posibilidad de verificar sus resultados.
| Actor | Responsabilidad | Información pendiente |
|---|---|---|
| Ayuntamiento de Tulum | Conducir y transparentar el proceso | Calendario, responsables y versión final |
| Semarnat | Atender las materias federales | Observaciones y acuerdos técnicos |
| Gobierno de Quintana Roo | Coordinar asistencia y congruencia territorial | Resultados de talleres y mesas |
| Partidos gobernantes | Vigilar el desempeño de su administración | Postura y acciones de seguimiento |
La Semarnat debe informar cuáles de sus observaciones ya fueron atendidas y cuáles continúan pendientes. El Gobierno de Quintana Roo debe explicar qué productos concretos han generado sus talleres y reuniones. El Ayuntamiento, por su parte, debe publicar la ruta completa presentada ante la Suprema Corte.
Los partidos de la coalición también deben fijar una postura clara sobre el retraso. Su participación no debe limitarse al respaldo electoral o político del alcalde. La rendición de cuentas implica exigir resultados a los gobiernos que ayudaron a conformar.
Los documentos que deben publicarse
La transparencia del proceso depende de documentos concretos y no de nuevas declaraciones. La publicación de la ruta de cumplimiento, los oficios intercambiados y las minutas permitiría conocer qué autoridad asumió cada compromiso. También facilitaría establecer si existen retrasos atribuibles al municipio, al estado o a la Federación.
| Documento | Contenido esperado | Utilidad pública |
|---|---|---|
| Ruta presentada ante la SCJN | Plazos, tareas y responsables | Medir el cumplimiento |
| Oficios entre Tulum y Semarnat | Solicitudes y observaciones | Identificar pendientes |
| Minutas de reuniones | Acuerdos y participantes | Verificar compromisos |
| Modelo actualizado del POEL | Usos y restricciones | Conocer el proyecto territorial |
| Calendario de consulta | Fechas y mecanismos | Garantizar participación |
| Proyecto de decreto | Procedimiento de aprobación | Conocer su entrada en vigor |
Estos documentos permitirían determinar si la demora responde a diferencias técnicas, omisiones administrativas o decisiones políticas. También ayudarían a reducir las sospechas que genera la falta de información en un municipio sujeto a una fuerte presión turística e inmobiliaria. Cuando los procesos territoriales permanecen opacos, aumenta el riesgo de que la discusión pública sea ocupada por especulaciones.
La documentación revisada no demuestra que actores políticos externos al Ayuntamiento intervengan directamente en las decisiones técnicas del POEL. Tampoco acredita que la Suprema Corte haya ordenado la destitución de Diego Castañón. Lo verificable es que el expediente permanece abierto y que las autoridades todavía deben acreditar el cumplimiento.
Reuniones no equivalen a resultados
El Ayuntamiento puede demostrar la realización de mesas de trabajo, mientras que el Gobierno de Quintana Roo puede acreditar talleres y asistencia técnica. La Semarnat también puede informar que participa en el proceso y que mantiene comunicación con las autoridades locales. Sin embargo, ninguna de esas acciones sustituye la aprobación y publicación del ordenamiento ecológico.
El cumplimiento será verificable cuando exista un programa completo, sometido a consulta pública, aprobado por las autoridades competentes y publicado oficialmente. También será necesario que la Suprema Corte determine que las obligaciones derivadas de su sentencia fueron atendidas. Antes de ese momento, el POEL continuará siendo una responsabilidad administrativa y política pendiente.
La pregunta para el gobierno de Diego Castañón ya no es si existe coordinación entre las autoridades. Lo que debe responder es cuándo esa coordinación producirá un instrumento público, vigente y capaz de establecer límites claros al crecimiento de Tulum. Hasta que existan fechas, documentos y responsables identificados, la rendición de cuentas seguirá incompleta.

