El tribunal federal corrigió al Ieqroo y al Teqroo por negar medidas cautelares contra publicaciones de José Luis Chacón, “Chepe” Contreras y Jorge Sanén. La resolución ordena difuminar los rostros de niñas, niños y adolescentes o retirar las imágenes de redes sociales

La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó tres resoluciones que habían permitido mantener en redes sociales imágenes de menores difundidas por los presidentes municipales de Cozumel y Bacalar, así como por el diputado plurinominal y presidente del Consejo Estatal de Morena, Jorge Arturo Sanén Cervantes.
Durante su sesión del 16 de julio, la Sala Xalapa concluyó que las autoridades electorales de Quintana Roo no aplicaron un análisis estricto del interés superior de la niñez. Por ello, ordenó difuminar, ocultar o hacer irreconocibles los rostros de los menores y, cuando esto no sea posible, eliminar provisionalmente las publicaciones denunciadas.
Las denuncias involucran a José Luis Chacón Méndez, presidente municipal de Cozumel; José Alfredo “Chepe” Contreras Méndez, alcalde de Bacalar, y Jorge Sanén Cervantes, diputado local de representación proporcional y dirigente estatal de Morena.
Sala Xalapa corrige al Ieqroo y al Teqroo
Los tres procedimientos fueron promovidos por Erikc Sánchez Córdova ante el Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo), por la aparición de niñas, niños y adolescentes en publicaciones relacionadas con actividades políticas, actos públicos y la promoción de la imagen de los funcionarios en Facebook.
La Comisión de Quejas y Denuncias del Ieqroo declaró improcedentes las medidas cautelares solicitadas. Posteriormente, el Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) confirmó esas determinaciones mediante los juicios electorales JE/013/2026, JE/014/2026 y JE/015/2026.
Sánchez Córdova llevó los casos ante la Sala Xalapa mediante los juicios generales SX-JG-66/2026, SX-JG-70/2026 y SX-JG-72/2026. El tribunal federal revocó las tres sentencias al considerar que la ausencia de violencia o la falta de una definición preliminar sobre la naturaleza electoral de las publicaciones no justificaban negar la protección preventiva.
La Sala sostuvo que la integridad de los menores puede ponerse en riesgo por su sola aparición sin los consentimientos correspondientes. Con este criterio, corrigió las decisiones de las autoridades electorales locales y concedió las medidas cautelares que habían sido rechazadas.


La resolución no constituye una sanción
La determinación no acredita todavía que Chacón Méndez, Contreras Méndez o Sanén Cervantes hayan cometido una infracción electoral. Tampoco representa una sanción definitiva: se trata de medidas preventivas mientras el Ieqroo continúa el análisis de fondo de cada procedimiento.
En el caso de Jorge Sanén también se denunció el posible uso indebido de recursos públicos. Ese señalamiento deberá resolverse dentro del procedimiento ordinario sancionador IEQROO/POS/082/2026, sin que la decisión de la Sala Xalapa prejuzgue sobre su responsabilidad.
Erikc Sánchez promovió los tres juicios ante Sala Xalapa
Erikc Sánchez Córdova, quien promovió los tres juicios que derivaron en las medidas cautelares contra las publicaciones de José Luis Chacón, “Chepe” Contreras y Jorge Sanén, se ha convertido en uno de los actores más activos de la vida político-electoral de Quintana Roo.
Su actividad jurídica también incluye denuncias e impugnaciones contra otros personajes, entre ellos Eugenio “Gino” Segura, por bardas, publicaciones, eventos y posible promoción anticipada. Además, ha recurrido decisiones del Ieqroo y llevado controversias internas de Morena ante el Teqroo.
Como documentó previamente Canal Caribe, los procedimientos impulsados por Sánchez Córdova obligan a las autoridades electorales a fijar criterios sobre el uso de redes sociales, la exposición de menores y los límites de la promoción política rumbo a 2027.
