Los códigos de ética y las defensorías ya están contemplados en la legislación; la consulta pública determinará cómo deberán aplicarse y supervisarse

Estudio de televisión con cámara profesional vinculado con los derechos de las audiencias
Las televisoras deberán identificar publicidad, opinión e información noticiosa.

Los derechos de las audiencias modificarán la forma en que las estaciones de radio, televisoras y programadoras de Quintana Roo atienden las quejas sobre sus contenidos. Aunque la presidenta Claudia Sheinbaum abrió la posibilidad de ajustar los lineamientos, aclaró que algunas obligaciones ya están establecidas en la ley.

Durante su conferencia del 10 de agosto, la mandataria explicó que la consulta pública permitirá perfeccionar la propuesta. Sin embargo, descartó retirar la obligación de contar con un código de ética y una persona defensora de las audiencias para los concesionarios de radio y televisión.

“En la ley ya viene el código de ética y el derecho de las audiencias a tener un defensor de audiencias”.

Claudia Sheinbaum Pardo, presidenta de México.

¿Qué establecen los derechos de las audiencias?

La propuesta de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) establece mecanismos para que televidentes y radioescuchas presenten observaciones, sugerencias o quejas por los contenidos difundidos.

También plantea que las concesionarias identifiquen la publicidad, diferencien la información noticiosa de la opinión y publiquen sus códigos de ética. Las defensorías deberán recibir, documentar, responder y dar seguimiento a las inconformidades.

Ya está contemplado en la leyContinúa sujeto a revisión
Código de ética.Procedimiento para presentar y resolver quejas.
Persona defensora de las audiencias.Facultades de supervisión de la CRT.
Mecanismos para atender inconformidades.Alcance y aplicación de las sanciones.
Protección de audiencias con discapacidad.Redacción final de los lineamientos.
Fuente: Comisión Reguladora de Telecomunicaciones y Presidencia de México

Obligaciones para radio y televisión en Quintana Roo

Los derechos de las audiencias serán aplicables a concesionarias de televisión abierta y radio, servicios de televisión o audio de paga y programadoras. Esto incluye a los medios comerciales, públicos y sociales que operen bajo esas figuras en Quintana Roo.

La propuesta no incluye automáticamente a todos los portales informativos digitales. Su aplicación depende de que el medio opere como concesionario, programador o prestador de alguno de los servicios contemplados.

Entre los puntos que deberán revisar las estaciones locales se encuentran la publicación visible de su código de ética, la designación de una persona defensora, los canales disponibles para recibir quejas y las medidas de accesibilidad para personas con discapacidad.

¿Qué pueden exigir las audiencias?

Las personas podrán solicitar que los medios distingan claramente entre noticia, opinión y publicidad. También tendrán mecanismos para denunciar información presuntamente falsa, descontextualizada o presentada como actual cuando corresponda a otro momento.

La discusión se concentra en determinar hasta dónde podrá intervenir la CRT cuando una recomendación no sea atendida y si la redacción propuesta puede afectar la libertad editorial.

La consulta sobre los derechos de las audiencias permanecerá abierta hasta el 21 de agosto de 2026. Después de ese periodo, la autoridad deberá valorar las observaciones y presentar la versión definitiva de los lineamientos.

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