El hombre realizaba labores de albañilería en el quinto nivel de un inmueble cuando cayó hasta la vía pública; Protección Civil inspeccionó la construcción y la Fiscalía abrió una investigación

Un trabajador de la construcción murió tras caer de una obra cuando realizaba labores de albañilería en el quinto nivel de un inmueble ubicado en la colonia El Pedregal, en Playa del Carmen. El hombre cayó hasta la vía pública, sobre la avenida 75, entre las calles 42 y 44, donde paramédicos confirmaron que ya no presentaba signos vitales.
El accidente fue reportado al número de emergencias 911 por personas que observaron al trabajador tendido sobre la carpeta asfáltica, en el carril con dirección de sur a norte. Al lugar acudieron cuerpos de emergencia y elementos de seguridad, mientras personal de Protección Civil inició una inspección de la construcción para verificar las condiciones del sitio y el cumplimiento de las disposiciones correspondientes.
Trabajador cae de obra mientras realizaba labores de albañilería
Según los primeros datos recabados en el lugar, el hombre se encontraba colocando bloques en la parte superior del inmueble cuando presuntamente resbaló y cayó desde una altura considerable. De acuerdo con testigos, el trabajador presuntamente no utilizaba equipo de protección personal, como arnés de seguridad, casco, chaleco o calzado industrial al momento del accidente. No obstante, serán las autoridades las que determinen durante las investigaciones las condiciones en las que realizaba sus labores y si existía cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas por la ley.
Elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) acordonaron la zona para preservar la escena. Posteriormente, peritos de la Fiscalía General del Estado (FGE) de Quintana Roo realizaron las diligencias correspondientes y el levantamiento del cuerpo para su traslado al Servicio Médico Forense (Semefo).
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¿Qué exige la norma para los trabajos en altura?
La caída desde un quinto nivel corresponde a una actividad considerada oficialmente como trabajo en altura. La NOM-009-STPS-2011, Condiciones de seguridad para realizar trabajos en altura, establece que esta clasificación aplica a las labores efectuadas a más de 1.80 metros sobre el nivel de referencia.
La norma obliga a los patrones a identificar previamente los riesgos, supervisar las condiciones de seguridad y proporcionar sistemas de protección personal para prevenir caídas. También señala que este tipo de actividades deben ser realizadas únicamente por personal capacitado y autorizado.
Equipo básico de protección contra caídas
| Elemento | Función |
|---|---|
| Arnés de cuerpo completo | Sujetar al trabajador |
| Línea de vida | Vincularlo al sistema de protección |
| Conectores | Unir los componentes del sistema |
| Absorbedor de energía | Reducir el impacto de una caída |
| Punto de anclaje | Mantener asegurado el sistema |
Investigación deberá deslindar responsabilidades
Personal de Protección Civil inspeccionó la obra para verificar las condiciones en que se desarrollaban los trabajos, así como la documentación y los permisos correspondientes. Por su parte, la FGE de Quintana Roo abrió una carpeta de investigación para establecer las circunstancias del fallecimiento y determinar si existieron posibles responsabilidades derivadas del accidente.
La normatividad federal sobre trabajos en altura también obliga a los empleadores a contar con un plan de atención a emergencias, capacitar a los trabajadores y mantener registros de revisión y mantenimiento de los sistemas de protección utilizados. El fallecimiento del trabajador tras caer de una obra vuelve a poner sobre la mesa la importancia de cumplir las medidas de seguridad en la industria de la construcción, especialmente cuando las labores se realizan a varios metros del suelo.
