El exgobernador de Quintana Roo obtuvo una suspensión definitiva que detiene temporalmente actos de cobro relacionados con inmuebles embargados en tres municipios. El SAT impugnó la medida y el juicio continuará hasta que se resuelva el fondo del litigio.

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) concedió una suspensión definitiva al exgobernador de Quintana Roo, Roberto Borge Angulo, con la que se detiene temporalmente un procedimiento de cobro promovido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), relacionado con propiedades embargadas en distintos municipios de la entidad.

La resolución fue emitida por la Sala Regional de Quintana Roo dentro del juicio de nulidad 447/26-20-01-8, promovido por la defensa del exmandatario contra un crédito fiscal reclamado por la Administración Desconcentrada de Recaudación de Quintana Roo 2, dependiente del SAT.

De acuerdo con la información del expediente difundida este martes 6 de octubre, el tribunal consideró procedente la suspensión de la ejecución de la resolución fiscal y de los actos de cobro controvertidos. La medida permanecerá sujeta al desarrollo del procedimiento judicial y a las determinaciones que adopten las autoridades competentes.

Embargos relacionados con propiedades en tres municipios

El litigio involucra inmuebles ubicados en Playa del Carmen, Cozumel y Othón P. Blanco, sobre los cuales existen anotaciones de embargo por un monto aproximado de tres millones de pesos, conforme a la información del Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

Las propiedades también se encuentran vinculadas con un aseguramiento judicial decretado en 2018 por un juez de Control de Chetumal, medida que corresponde a un procedimiento distinto del cobro fiscal actualmente impugnado.

Esta diferencia resulta relevante porque la suspensión concedida por el TFJA se refiere específicamente a la ejecución de los actos administrativos reclamados al SAT. No implica, por sí misma, la cancelación de los demás aseguramientos ni determina la situación jurídica definitiva de los inmuebles.

¿Qué significa la suspensión otorgada a Roberto Borge?

Aunque jurídicamente se denomina suspensión definitiva, la resolución no equivale a una sentencia favorable sobre el fondo del juicio. Su finalidad es detener la ejecución del acto impugnado mientras continúa el procedimiento correspondiente.

La Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo contempla este mecanismo para controvertir actos de autoridad, incluidos los relacionados con la determinación y el cobro de créditos fiscales.

En consecuencia, el tribunal todavía deberá resolver la controversia relativa a la legalidad del cobro reclamado por el SAT. La suspensión tampoco constituye una declaración judicial de inexistencia del adeudo.

La autoridad hacendaria, por su parte, presentó un recurso de reclamación contra la medida concedida al exgobernador, de acuerdo con un acuerdo judicial del 3 de octubre. Esto significa que la decisión continúa sujeta a revisión dentro de los cauces legales correspondientes.

El contexto de los procesos judiciales del exgobernador

Roberto Borge Angulo gobernó Quintana Roo de 2011 a 2016. Tras concluir su administración, enfrentó diversas investigaciones y procedimientos relacionados con presuntas irregularidades cometidas durante su gestión.

Fue detenido en Panamá en junio de 2017 y extraditado a México en enero de 2018 para enfrentar los procesos penales promovidos en su contra.

Durante 2026, su situación judicial registró cambios importantes. En mayo se difundieron resoluciones favorables al exmandatario en causas del fuero común y, a finales de junio, una jueza federal autorizó que continuara bajo prisión domiciliaria el proceso por presuntas operaciones con recursos de procedencia ilícita, sujeto a medidas de vigilancia y restricciones judiciales.

El cambio de medida cautelar le permitió abandonar el Centro Federal de Rehabilitación Psicosocial de Morelos, aunque no representó una absolución de la acusación federal pendiente.

El procedimiento fiscal resuelto provisionalmente por el TFJA constituye un asunto separado de esas causas penales, pues se refiere a la legalidad de actuaciones administrativas del SAT sobre determinados bienes.

El litigio fiscal continúa abierto

La nueva resolución representa una medida favorable a la defensa de Roberto Borge en el procedimiento administrativo, al impedir temporalmente la ejecución de los actos de cobro impugnados.

Sin embargo, el recurso presentado por el SAT y la resolución pendiente sobre el fondo del juicio mantienen abierto el litigio. Su desenlace dependerá de las próximas determinaciones del tribunal y de las instancias que conozcan de los medios de impugnación.

Por ahora, la decisión modifica temporalmente el curso del procedimiento de cobro, sin establecer una conclusión definitiva sobre el crédito fiscal ni sobre las demás medidas judiciales que afectan a las propiedades.

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