La Sala Xalapa confirmó una multa de 6 mil 995.67 pesos por la falta del archivo XML de una operación por 279 mil 826.80 pesos y avaló el cálculo del remanente del comité estatal.

Johana Acosta participa en una asamblea informativa de Morena en Quintana Roo
Johana Acosta participa en una actividad de Morena en Quintana Roo, mientras el partido enfrenta revisiones relacionadas con la fiscalización de sus recursos.

La sanción a Morena en Quintana Roo por irregularidades en la fiscalización de sus gastos ordinarios de 2024 quedó firme después de que la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral rechazó los argumentos del partido y confirmó la resolución del Instituto Nacional Electoral.

El caso se originó porque Morena no incorporó al Sistema Integral de Fiscalización el archivo XML correspondiente a una operación por 279 mil 826.80 pesos. El INE consideró que esa omisión impedía verificar con certeza la autenticidad del gasto y aplicó una sanción de 6 mil 995.67 pesos, equivalente al 2.5% del monto involucrado.

El XML no era un requisito menor

Morena sostuvo que había entregado otros documentos suficientes para acreditar la operación y argumentó que la falta del archivo XML debía considerarse una omisión formal. La Sala Xalapa rechazó ese planteamiento.

El Tribunal señaló que los partidos están obligados a presentar los comprobantes fiscales en formatos PDF y XML porque ese archivo permite verificar la autenticidad, integridad y validez fiscal de las operaciones reportadas. La documentación adicional, como recibos internos, pólizas o comprobantes de pago, no sustituye esa obligación.

La Sala consideró además que la falta era sustantiva y no meramente administrativa, porque impedía comprobar de manera inmediata la veracidad del gasto y afectaba los principios de legalidad, certeza y transparencia en el uso de los recursos partidistas.

La multa no fue de 279 mil pesos

La sanción a Morena en Quintana Roo no equivale al monto total de la operación observada. El INE fijó la multa en 6 mil 995.67 pesos y ordenó ejecutarla mediante una reducción del 25% de la ministración mensual destinada a actividades ordinarias hasta cubrir esa cantidad.

Consejeros del INE durante una sesión del Consejo General

Los 279 mil 826.80 pesos corresponden únicamente al monto de la operación cuyo comprobante fiscal no se presentó en formato XML.

Morena también impugnó el remanente

El partido cuestionó además el cálculo del remanente de operación ordinaria de su Comité Ejecutivo Estatal en Quintana Roo. Morena alegó que el INE había incorporado de manera indebida los ingresos por transferencias en efectivo y especie.

La Sala Xalapa desestimó ese argumento. Determinó que ese concepto no se utilizó para inflar artificialmente el remanente, sino como parámetro para realizar la deducción correspondiente dentro de la fórmula establecida en los lineamientos vigentes.

El Tribunal concluyó que el procedimiento aplicado por la autoridad fiscalizadora fue correcto y mantuvo el cálculo correspondiente al ejercicio 2024.

El caso nació de una impugnación nacional

La controversia de Quintana Roo forma parte del recurso SUP-RAP-77/2026, presentado por Morena contra la resolución del INE derivada de la fiscalización nacional de sus informes de ingresos y gastos correspondientes a 2024.

Fachada del edificio del Instituto Nacional Electoral en México

La Sala Superior determinó el 6 de abril que el recurso debía dividirse porque incluía conclusiones y sanciones relacionadas tanto con el Comité Ejecutivo Nacional como con los comités estatales. Las impugnaciones locales fueron enviadas a las salas regionales según su circunscripción.

En el caso de Quintana Roo, la Sala Xalapa recibió específicamente la controversia sobre la omisión del comprobante XML y el cálculo del remanente del comité estatal.

El Tribunal confirmó, no impuso una nueva sanción

La resolución de la Sala Xalapa no creó una nueva multa. El Tribunal confirmó una determinación previa del INE y dejó firme tanto la sanción económica como el criterio utilizado para calcular el remanente de Morena en Quintana Roo.

La sanción a Morena en Quintana Roo muestra que, en materia de fiscalización, la falta de documentación fiscal digital puede ser considerada una irregularidad sustantiva cuando impide verificar la autenticidad de un gasto reportado.

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